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La injerencia política en la OPA de BBVA sobre Banco de Sabadell: “Crónica de una infracción anunciada”. La Comisión Europea abre a España un procedimiento de infracción por trabar la opa de BBVA

En el día de ayer, la Comisión Europea ha anunciado la apertura de un expediente de infracción contra España por el uso de los poderes discrecionales que otorgan al Gobierno varias normas en la legislación española para poder frenar operaciones de concentración bancaria como la OPA de BBVA a Sabadell, al considerar que su alcance permite actuar más allá del interés general. Dado que, en este blog, hemos seguido esta operación con cierto interés, nos parece oportuno ofrecer a nuestros lectores nuestro parecer sobre este nuevo e importante incidente.

A) La noticia: Bruselas abre expediente contra España por las normas con las que condiciona la opa del BBVA sobre el Sabadell

Desde el pasado día 10 de julio de 2025, algunos medios de comunicación anticiparon la noticia de que “Bruselas abrirá a España un procedimiento de infracción por trabar la opa de BBVA” porque “la Comisión Europea entiende que el Gobierno se ha extralimitado y que sus acciones son contrarias a la libre circulación de capitales, por lo que tomará medidas antes del parón de verano que pueden acabar escalando con el tiempo a una denuncia ante el TJUE” (Expansión, 10.07.2025. p.11. Andrés Stumpf. Bruselas).

Cualquier sujeto alfabetizado en la regulación financiera podía anticipar que este era un riesgo evidente de la injerencia política en los mercados financieros. De ahí que hayamos recurrido a la metáfora alusiva a la genial novela de G.G. Marquez.

Ayer, 17 de julio de 2015, la prensa confirmaba: “Bruselas abre expediente contra España por las normas con las que condiciona la opa del BBVA sobre el Sabadell” añadiendo que “La Comisión cree ahora que dos normas españolas de hace una década no se ajustan al derecho comunitario. El choque entre Bruselas y Madrid por la opa del BBVA y el Sabadell ha empezado oficialmente. Se veía venir desde finales de mayo y este jueves la Comisión Europea ha iniciado las hostilidades: ha abierto expediente a España porque considera que las normas utilizadas por el Gobierno, aprobadas y vigentes desde 2014 y 2015, no se ajustan al derecho de la Unión Europea. Cree ahora el Ejecutivo comunitario que las leyes españolas dan al Ministerio de Economía poderes discrecionales y sin límites para decidir sobre este tipo de operaciones corporativas y que, además, también socavan las competencias del Banco Central Europeo”. (EL PAIS. 17.07.2025. Economía. Manuel V. Gómez).

La noticia se confirmaba por otra fuente diciendo: “Bruselas expedienta a España por las normas que dan poder al Gobierno para frenar la OPA de BBVA a Sabadell. La Comisión Europea ha anunciado un expediente de infracción contra España por los poderes discrecionales que varias normas en la legislación española otorgan al Gobierno para poder frenar operaciones como la OPA de BBVA a Sabadell, al considerar que su alcance permite actuar más allá del interés general. Al respecto, fuentes comunitarias han señalado a varios medios españoles, entre ellos Europa Press, que si hubiese habido algún tipo de motivo genuino de interés público, esta intervención no habría supuesto un problema, pero advierten de que en estas cuestiones bancarias no cabía elevar la decisión de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) al Consejo de Ministros, como se hizo el 27 de mayo (2025 Europa Press 17.07.2025. europapress/economía finanzas).

B)  Dudas razonables sobre la forma y sobre el fondo del control público de la OPA de BBVA sobre Banco de Sabadell

En este blog hemos venido manifestado, desde hace tiempo,  nuestras dudas razonables sobre la conformidad con el Derecho de la UE -y, en general, con las regulaciones de los mercados financieros de los países desarrollados- del control público ejercido sobre esta concentración bancaria tanto por motivos de forma como por motivos de fondo:

a) Las dudas razonables sobre la forma nacen, entre otras razones, del pintoresco referéndum -anómalo por alegal e ignoto en los mercados financieros de los Estados miembros de la UE- que tuvo a bien plantear el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa desde el pasado 6 de mayo de 2025 hasta el día 16 de mayo en el “periodo de reflexión” gubernamental que precedió al acuerdo del Consejo de Ministros (el lector interesado puede consultar con algo más de detalle el fundamento de esta duda procedimental en el epígrafe A) de la entrada de este blog del pasado 7 de julio sobre “La OPA de BBVA sobre Banco de Sabadell: El coste reputacional internacional de una injerencia política doméstica (1)”).

b) Las dudas razonables sobre el fondo nacen, entre otras razones, de la interpretación extensiva que hizo el Gobierno del artículo 60 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia al añadir nuevas condiciones a las establecidas por la CNMC, como agencia independiente y autoridad de control de la competencia en los términos del Título II de la LDC. Todo ello contra el parecer del Consejo de Estado Español y las advertencias de la Comisión Europea y del Fondo Monetario Internacional (el lector interesado en el fundamento de esta duda sustancial puede consultar con algo más de detalle el epígrafe B) de la entrada de este blog del pasado 7 de julio sobre “La OPA de BBVA sobre Banco de Sabadell: El coste reputacional internacional de una injerencia política doméstica (1)”).

C) Por qué nos parece preocupante la noticia de la apertura de un expediente por la Comisión Europea contra España por las normas con las que condiciona la opa del BBVA sobre el Sabadell

Para mantener la objetividad de nuestro criterio, debemos reconocer que otros Estados miembros de la UE también han mostrado, en el pasado, una actitud obstruccionista frente a las concentraciones bancarias transfronterizas que ha contradicho sus proclamas entusiastas en favor de la Unión Bancaria. Nos referimos, por ejemplo, a Italia,  con el intento de compra de BPM por Unicredit o a Alemania cuando también Unicredit ha entrado en el capital de Commerzbank (el lector interesado puede encontrar varios ejemplos en nuestra monografía “Fusiones y OPAs transfronterizas, Editorial Thomson Aranzadi, Cizur Menor (2007), ISBN: 978-84-8355-326-8).

Sin embargo, lo que ha pasado ahora en España con la OPA de BBVA sobre el Sabadell, presenta algunos factores diferenciales, respecto de lo sucedido en Italia o Alemania que nos parecen particularmente preocupantes:

a) En primer lugar, la injerencia política en dicha OPA acaece en un contexto general de interferencia política en la actividad económica y de colonización política de nuestro mercado financiero a la que nos hemos referido en las dos entradas de este log de los pasados 7 y 8 de julio sobre “La OPA de BBVA sobre Banco de Sabadell: El coste reputacional internacional de una injerencia política doméstica” y sobre la que volveremos en la entrada que publicaremos este domingo, 20 de julio, en la que ofreceremos a nuestros lectores una “Teoría de la Injerencia Política en el Espacio Financiero” (TIPEF)

b) En segundo lugar, la causalidad inmediata y evidente, entre las interferencias políticas en la OPA y determinados acuerdos con fuerzas políticas regionales.

Por último, no queremos acabar esta entrada sin recomendar vivamente a nuestros lectores para que consulten los magníficos artículos sobre “La injerencia gubernamental, anticipada y arbitraria, contra la OPA del BBVA sobre el Banco Sabadell es contraria al Derecho de la UE” de Isaac Ibáñez García publicados en el Diario LA LEY, Sección Tribuna, del 30 de Octubre de 2024, del 18 de Julio de 2025 y el que publicará mañana, 19 de julio de 2025.