La prensa del pasado día 10 de los corrientes recogía la noticia siguiente: “La ‘macroestafa’ piramidal de Arbistar, a juicio: la Audiencia Nacional celebra la primera vista sobre criptomonedas. La Fiscalía pide contra el fundador de la plataforma casi 30 años de prisión por estafar a miles de inversores, a los que prometió altas rentabilidades de entre un 8% y un 15%” (Nuria Morcillo, CINCO DIAS, Tribunales).
La noticia cuyo titular transcribimos nos ratifica en nuestra continua advertencia en este blog y fuera de el sobre los riesgos implícitos en la inversión en criptoactivos y criptomonedas y la consiguiente necesidad de regular y supervisar por las autoridades públicas su mercado para permitir una mínima protección de los inversores que, en ocasiones, confían sus ahorros a navegantes sin escrúpulos en este “Mar de los Sargazos”.
Como este criterio cauteloso se califica, con frecuencia, de timorato y contrario a la nueva fe en la innovación tecnológica y digital, recordamos lo que decíamos en la segunda de las reflexiones iniciales críticas que recogíamos en la entrada del pasado día 7 de los corrientes sobre los ”Desafíos pendientes en la digitalización de los mercados financieros: Congreso Internacional en la Facultad de Derecho de la UCM”: “La alarma sobre el maridaje cada vez más evidente y acusado entre las criptomonedas y la delincuencia nacional e internacional. Esta alarma nos parece plenamente justificada ante el “entusiasmo” mostrado recientemente por las grandes potencias mundiales, aun a pesar de alguna estafa reciente con criptomonedas de la que no se han “librado” algunos países hermanos en los que miles de pequeños inversores han visto como se “podaban” sus ahorros. Sobre los riesgos y estafas realizados con criptomonedas -entre ellos, algunos casos que se siguen ente la Audiencia Nacional- el lector interesado puede encontrar numerosas entradas en este mismo blog”.
Pues bien, la noticia sobre el comienzo del juicio de la ‘macroestafa’ piramidal de Arbistar en la Audiencia Nacional nos mueve a insistir en el mensaje de cautela, máxime cuando a este caso y a otros semejantes en nuestro pais ya nos hemos referido en este blog y fuera de él (el lector interesado puede ver la nota bilbliográfica final).
En conclusión, la realidad reciente nos muestra que los criptoactivos y las criptomonedas mantienen una relación íntima con la delincuencia desde dos puntos de vista:
a) Como objetos idóneos de presuntos delitos de fraude financiero (por ejemplo, el mismo caso Arbistar).
b) Como instrumentos delictivos idóneos para en blanqueo de capitales que, por ejemplo, se pretende prevenir mediante el Reglamento (UE) 2023/1113 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023, relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos y de determinados criptoactivos y por el que se modifica la Directiva (UE) 2015/849.
No queremos poner punto final a esta entrada sin advertir una vez más -cual “voz que clama en el desierto”- que, cuando llegan “cantos de sirena” desreguladores del otro lado del Atlántico; cuando los más ricos del mundo nos invitan a invertir en “sus” criptoactivos; y cuando esos mismos magnates tecnológicos critican a la UE -tanto en la IA como en criptoactivos- por su regulación pretendidamente paralizante de la innovación “verdadera” y proponen la desregulación y falta de supervisión pública liberalizadora; no esta de más recodar que la regulación y la supervisión públicas del mercado de criptoactivos resultan imprescindibles para que millones de inversores no sean víctimas de fraudes piramidales que roban sus ahorros y les “liberan” de la pesada carga de sus ahorros que -como la energía en las leyes de la termodinámica- ni se crean ni se destruyen, sino que pasan de los bolsillos de los inversores a los de los delincuentes.
Nota bibliográfica final: el lector interesado en explorar con mayor detalle la “cara oculta” de los criptoactivos y las criptomonedas puede consultar las entradas de este blog de 28 de abril de 2021 sobre la “Ciberdelincuencia con criptomonedas. La estafa piramidal de Arbistar es investigada por el Juzgado Central de Instrucción 4 de la Audiencia Nacional”; de 5 de agosto de 2022 sobre las “Criptomonedas: Sociología del mercado español. Consentimiento y conocimiento del inversor. Estudio sobre las criptomonedas y la efectividad de las medidas impulsadas por la CNMV”; de 29 de agosto de 2022 sobre las “Criptomonedas: Conclusiones del Estudio sobre las criptomonedas y la efectividad de las medidas impulsadas por la CNMV. Referencia a la “Criptofiesta” celebrada en Madrid el 27 de agosto”; y otras muchas. Así como nuestros estudios “Ciberdelincuencia con criptoactivos: algunos casos paradigmáticos recientes en España”, RDBB 163, julio-septiembre 2021, pp. 279-290 “Digitalización financiera en la Unión Europea novedades regulatorias sobre ciberresiliencia operativa, inteligencia artificial y criptoactivos”, La Ley Unión Europea, n.º 97, Sección Regulación, noviembre 2021; y “Desafíos en la regulación y supervisión de los criptoactivos en la Unión Europea y en España”, Revista de Derecho del Mercado de Valores, RDMV n.º 28 (2021).