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“Ley de cotización” («Listing Act») Europea: En el DOUE de ayer, 14.11.2024, se publicaron el Reglamento y las Directivas del “Paquete de cotización”

En el DOUE de ayer,14.11.2024, se publicaron las tres disposiciones de la UE (un Reglamento y dos Directivas) que integran la denominada “Ley de cotización” («Listing Act») o “Paquete de cotización”. La importancia que estas disposiciones tienen para el desarrollo futuro de los mercados europeos de instrumentos financieros nos mueve a dar noticia urgente y escueta de su contenido que será objeto de comentarios más detallados en próximas entradas de este blog.

A) El Reglamento de atracción de sociedades (en particular, las PYMES)  a los mercados de capitales públicos de la UE

En el DOUE de 14.11.2024 se ha publicado el Reglamento (UE) 2024/2809 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2017/1129, (UE) n.° 596/2014 y (UE) n.° 600/2014 para hacer que los mercados de capitales públicos de la Unión resulten más atractivos para las empresas y para facilitar el acceso al capital a las pequeñas y medianas empresas (Texto pertinente a efectos del EEE).

1. Finalidad

La consecución del objetivo de atracción de sociedades (en particular, las PYMES) a los mercados de capitales públicos de la UE requiere una actuación de modificación pluri-regulatoria que se traduce en la modificación de tres Reglamentos vigentes de tal manera que el artículo 1 recoge las modificaciones del Reglamento (UE) 2017/1129 de 14 de junio de 2017 sobre el folleto que debe publicarse en caso de oferta pública o admisión a cotización de valores en un mercado regulado y por el que se deroga la Directiva 2003/71/CE; el artículo 2 recoge las modificaciones del Reglamento (UE) 596/2014 de 16 de abril de 2014 sobre el abuso de mercado (Reglamento sobre abuso de mercado) y por el que se derogan la Directiva 2003/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, y las Directivas 2003/124/CE, 2003/125/CE y 2004/72/CE de la Comisión; y el artículo 3 recoge las modificaciones del Reglamento (UE)  600/2014 de 15 de mayo de 2014 relativo a los mercados de instrumentos financieros y por el que se modifica el Reglamento (UE) 648/2012.

2. Vigencia

El artículo 4 dispone que el Reglamento (UE) 2024/2809 entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el DOUE y será aplicable en determinados extremos a partir del 5 de marzo de 2026 y del 5 de junio de 2026, respectivamente.

B) La Directiva de atracción de sociedades (en particular, las PYMES) a los mercados de capitales públicos de la UE

En el DOUE de 14.11.2024 se ha publicado la Directiva (UE) 2024/2811 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, por la que se modifica la Directiva 2014/65/UE para que los mercados de capitales públicos de la Unión ganen atractivo entre las sociedades, y para facilitar a las pequeñas y medianas empresas el acceso al capital, y por la que se deroga la Directiva 2001/34/CE (Texto pertinente a efectos del EEE)

1. Finalidad

La consecución del objetivo de atracción de sociedades (en particular, las PYMES) a los mercados de capitales públicos de la UE lleva a una actuación de modificación doble de forma tal que el artículo 1 modifica la Directiva 2014/65/UE de 15 de mayo de 2014 relativa a los mercados de instrumentos financieros y por la que se modifican la Directiva 2002/92/CE y la Directiva 2011/61/UE (refundición) y el artículo 2 deroga la Directiva 2001/34/CE, de 28 de mayo de 2001, sobre admisión de valores negociables a cotización oficial y la información que ha de publicarse sobre dichos valores, con efecto a partir del 5 de diciembre de 2026.

2. Vigencia

El artículo 3 establece que los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva a más tardar el 5 de junio de 2026 y aplicarán dichas disposiciones a partir del 6 de junio de 2026.

C) La Directiva de acciones de voto múltiple

En el DOUE de 14.11.2024 se ha publicado la Directiva (UE) 2024/2810 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, relativa a las estructuras de acciones con derechos de voto múltiple en sociedades que solicitan la admisión a cotización de sus acciones en un sistema multilateral de negociación (Texto pertinente a efectos del EEE)

1. Finalidad

El artículo 1 -sobre su “objeto y ámbito de aplicación”- dispone que esta Directiva establece normas comunes sobre las estructuras de acciones con derechos de voto múltiple (AVM) en sociedades que soliciten la admisión a cotización de sus acciones en sistemas multilaterales de negociación (SMN), lo que incluye los mercados de pymes en expansión, y que no tengan acciones que ya estén admitidas a cotización en un SMN o en un mercado regulado. Añade que el artículo 5, apartado 4, se aplicará también a las sociedades que tengan una estructura de AVM y cuyas acciones ya estén admitidas a cotización en un SMN.

2. Vigencia

El artículo 7 -sobre su “transposición”- establece que los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva a más tardar el 5 de diciembre de 2026.