En el DOUE del pasado 29.7.2022 (pág. C 290/58 y ss.) se publicó el Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre dos propuestas de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo y una propuesta de Directiva que establecen y desarrollan el marco normativo de un punto de acceso único europeo (PAUE) que proporcione un acceso centralizado a la información disponible al público pertinente para los servicios financieros, los mercados de capitales y la sostenibilidad (2022/C 290/10). La importancia de esta iniciativa para la efectiva transparencia de los mercados financieros europeos nos invita a ofrecer una breve síntesis de estas normas proyectadas en la UE.
El Punto de Acceso Único Europeo (PAUE) como instrumento para potenciar la efectiva transparencia de los mercados financieros europeos
La información es la materia prima última que se negocia en el mercado financiero, donde los instrumentos financieros incorporan esencialmente información sobre sus emisores que se compra y vende en función de sus expectativas de rentabilidad futura y los riesgos que incorporan. Por ello, la transparencia es un valor básico en los mercados de capitales que sirve para paliar la asimetría informativa en la que se encuentran los inversores respecto de los emisores de instrumentos financieros. De ahí que resulten particularmente significativas las iniciativas regulatorias que potencien la efectividad de la transparencia financiera, tal y como sucede con el Punto de Acceso Único Europeo (PAUE) para el acceso centralizado a la información disponible al público pertinente para los servicios financieros, los mercados de capitales y la sostenibilidad.
En este sentido, la Comisión Europea -en el marco del Plan de acción para la Unión de los Mercados de Capitales (Acción 1, Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, Una Unión de los Mercados de Capitales para las personas y las empresas: nuevo plan de acción, 24.9.2020, COM (2020) 590 final)- ha puesto en marcha un punto de acceso único (PAUE) que proporcionará un acceso electrónico centralizado a dos tipos de información financiera:
a) La información obligatoria pertinente para los mercados de capitales y los servicios financieros -incluida la información relacionada con la sostenibilidad- que deba hacerse pública con arreglo a la legislación de la UE.
b) La información voluntaria pertinente para los mercados de capitales y los servicios financieros que las empresas decidan publicar.
Esta información se recabará a través de diversos organismos de recopilación encargados, entre otras tareas, de realizar validaciones automatizadas y prestar asistencia técnica a las entidades que hayan presentado la información.
La Comisión ha declarado que la finalidad inmediata de este PAUE reside en que haya más datos disponibles para su uso en el ámbito de la economía y la sociedad, incluido el despliegue de espacios de datos europeos. De tal modo que haya más datos de alta calidad del sector público para su reutilización, incluidos los datos de las empresas, procurando que estos conjuntos de datos se encuentren disponibles con mayor facilidad y de manera gratuita.
De tal modo que la Comisión considera que el PAUE producirá efectos beneficiosos mediatos porque promoverá unas finanzas basadas en los datos y mejorará considerablemente el acceso de las empresas y las instituciones financieras a los datos y la información de las entidades; contribuyendo a crear una economía más sostenible, digital e integradora, así como a una mejor integración de los mercados de capitales.
En particular, el PAUE facilitará la evaluación de cómo contribuyen las entidades europeas a la consecución de los objetivos en materia de sostenibilidad y clima. La información relacionada con la sostenibilidad es clave para reorientar las inversiones hacia proyectos que apoyen la transición ecológica,
El PAUE no almacenará información relativa a datos personales, salvo algunas excepciones, y será objeto de seguimiento, teniendo en cuenta indicadores como el número de visitantes y de búsquedas; el porcentaje de búsquedas que dan lugar a una visualización o una descarga; la cantidad y el porcentaje de información legible por máquina accesible en el PAUE; el número y el porcentaje de vistas y descargas legibles por máquina; etc.
Se trata de una iniciativa oportuna para lograr que la Economía se adapte al futuro digital, reforzar la soberanía digital, elevar la velocidad del flujo de información y establecer normas comunes, haciendo hincapié en los datos, la tecnología y las infraestructuras.
Propuestas normativas para el establecimiento del punto de acceso único europeo (PAUE) de los mercados financieros europeos
El PAUE ofrecerá varias funcionalidades tales como una interfaz de fácil utilización en todas las lenguas de la UE, una función de búsqueda, un servicio de descarga, un enfoque innovador respecto a la prestación de servicios de traducción y un servicio de notificación que advierta a los usuarios de cualquier información nueva disponible.
La aplicación del PAUE se evaluará en función de la accesibilidad, la calidad y la facilidad de uso de la información, así como de la satisfacción del usuario final y de la capacidad de los usuarios para cumplir sus objetivos.
Para la implantación del PAUE, la Comisión ha presentado las siguientes propuestas de modificaciones normativas:
a) La propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un punto de acceso único europeo que proporcione un acceso centralizado a la información disponible al público pertinente para los servicios financieros, los mercados de capitales y la sostenibilidad [COM(2021) 723 final — 2021/0378 (COD)]
b) La propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifican determinados Reglamentos en lo que respecta al establecimiento y el funcionamiento del punto de acceso único europeo [COM(2021) 725 final — 2021/0380 (COD)]
c) La propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifican determinadas Directivas en lo que respecta al establecimiento y el funcionamiento del punto de acceso único europeo [COM(2021) 724 final — 2021/0379 (COD)]
Conclusiones y recomendaciones del CESE sobre las propuestas normativas para el establecimiento del punto de acceso único europeo (PAUE)
El CESE formula en su Dictamen las conclusiones y recomendaciones siguientes:
“1.1 El CESE apoya el punto de acceso único europeo (PAUE), que es una herramienta que contribuye a una economía más sostenible, digital e integradora, al fortalecimiento de la soberanía digital y a una mejor integración de los mercados de capitales.
1.2 El CESE considera que el PAUE debería ser más ambicioso y que debería generarse un mayor valor añadido mediante el tratamiento de la información, en lugar de limitarse a actuar únicamente como herramienta para recopilar información en bruto con un único punto de acceso. La agregación y la transformación de los datos y de los informes y análisis sectoriales y territoriales deben efectuarse a través del PAUE.
1.3. El CESE propone que el PAUE se construya como una herramienta flexible, y que sea posible añadir nuevas categorías de datos y comunicarse con los registros nacionales o con Eurostat, teniendo en cuenta los diferentes tipos de tecnologías. El PAUE debe procurar una sinergia inequívoca entre los objetivos de desarrollo sostenible (ODS) y los indicadores del Pacto Verde.
1.4 El CESE cree que debe considerarse la creación de un consejo consultivo, en el que se integre a la sociedad civil y a los interlocutores sociales, basado en un proceso de selección transparente y que decidirá sobre el futuro del PAUE y los cambios estratégicos.
1.5 Es importante reducir las «zonas blancas» para garantizar el acceso sin discriminación al PAUE. El PAUE también debe admitir funcionalidades que permitan a las personas con discapacidad beneficiarse de una accesibilidad adecuada sin discriminación”.