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¿Adiós pensiones, adiós? (1) Sobre la difícil sostenibilidad de las pensiones públicas. Cómo afecta la carencia crónica de Presupuestos Generales del Estado del Reino de España a la sostenibilidad de las pensiones

Cuando comenzamos a recorrer esta última semana hábil del ejercicio 2025 que nos dice adiós, es momento de reparar en la planificación financiero-fiscal de nuestras economías domésticas realizando ajustes para un mejor rendimiento del fruto de nuestro trabajo. Dado que al contribuyente español se le ha privado de la posibilidad de preparar su pensión de jubilación complementaria y se le han cercenado las aportaciones realizadas desde el año 1987 a los planes de pensiones personales (según detallaremos más adelante); nos parece que resulta oportuno compartir con Ustedes, queridos lectores, algunas reflexiones preocupantes en la materia.

Para ello, dedicaremos dos entradas al tema de las pensiones: la de hoy para reparar en la difícil sostenibilidad de las pensiones públicas en España conforme a la política legislativa “desquiciada” que se está aplicando y la de mañana para exponer las iniciativas más recientes de la UE en materia de pensiones, con la remota esperanza de que nuestros políticos pasen “de las musas al teatro” por el bien de todos.

A) La difícil sostenibilidad de las pensiones públicas

Por más que los partidos políticos se empeñen en ignorar el elefante de las pensiones que pasea -junto a los elefantes del coste de la vida, del acceso a la vivienda, de la ocupación, del paro juvenil, etc.- desde hace ya demasiado tiempo, por nuestra habitación común; nos parece que, desde la academia, debemos advertir a nuestros ciudadanos del riesgo que se cierne sobre sus pensiones futuras.

Como parecemos “la voz que clama en el desierto” -con una fortuna muy limitada-  resulta oportuno recordar que, el 23 de abril de 2024 publicábamos en este mismo blog una entrada que titulábamos sobre “La insostenibilidad del sistema español de pensiones: Reflexiones sobre el último informe de la Comisión Europea sobre el impacto del envejecimiento en la UE” a cuyo contenido nos remitimos para evitar caer en reiteraciones innecesarias. Basta recordar que, en aquella entrada, dábamos cuenta de los datos que entonces venían de Bruselas y nos decían que España será el país de la UE donde más crecerá el gasto en pensiones sin prever su cobertura económica adecuada. En concreto, el informe de la Comisión Europea sobre el impacto del envejecimiento en la UE ofrecía unos cálculos pesimistas que anticipaban que en España se producirá una brecha del 0,8 por ciento del PIB, equivalente a casi 12.000 millones de euros a partir de 2026.

Ahora, cuando estamos a punto de entrar en el año 2026 en el que, según la Comisión europea, España generará un déficit del 0,8 por ciento del PIB, equivalente a casi 12.000 millones de euros; disponemos de nuevos estudios, nacionales e internacionales que apuntan en el mismo “rumbo de colisión”.

a) La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF)

Si acudimos a la AIReF, encontramos las manifestaciones de su Presidenta, Cristina Herrero, ocasión de su comparecencia ante la Comisión del Pacto de Toledo el 18 noviembre 2025 donde señalaba: “Desde la última comparecencia en esta Comisión, se han producido reformas importantes del sistema de pensiones y la AIReF ha realizado diversos análisis sobre su sostenibilidad. Publicó en marzo el informe sobre la nueva regla de gasto del sistema que le encomienda la ley, aunque considera que este no es un indicador adecuado para medir la sostenibilidad. Acompañó el informe de la actualización de su opinión sobre la sostenibilidad de las administraciones públicas a largo plazo, que ofrece una visión completa y no fraccionada de la sostenibilidad, con previsiones demográficas, económicas y presupuestarias a 2050 y 2070, así como un primer análisis sobre la suficiencia y contributividad del sistema de pensiones. La AIReF se ha aproximado al sistema complementario a través de su función de evaluación, con un análisis de los beneficios fiscales de los planes de pensiones publicado en 2020 y un nuevo estudio que publicará en 2026 sobre los Planes de Pensiones de Empleo”.

Además, la Presidenta de la AIReF “aseguró de nuevo que el cómputo de esta regla de gasto presenta debilidades metodológicas y problemas de inconsistencia temporal, ya que está muy influenciada por el momento en el que se evalúa; muestra una excesiva sensibilidad a cambios en los escenarios, sobre todo a cambios en el crecimiento potencial y los flujos migratorios; y restringe los supuestos y resultados de previsiones de gasto en pensiones a los del Informe de Envejecimiento, acordados por los estados miembros y la Comisión. Asimismo, merma la capacidad de supervisión independiente de la AIReF, puesto que se limita su análisis al impacto de las medidas de ingresos y con supuestos metodológicos ajenos a la AIReF y común a todos los países. Esta situación, según las palabras de la presidenta, se ha visto agravada con la solicitud de un nuevo informe para antes de junio de 2026.

Especial interés tiene la opinión de la AIEeF sobre la sostenibilidad a largo plazo de las pensiones públicas donde Cristina Herrero “indicó que, a pesar del resultado del informe, la visión de la AIReF sobre el sistema de pensiones no ha mejorado respecto al diagnóstico de 2023, año en el que habría sido necesario adoptar medidas según la regla de gasto de pensiones. La AIReF constató esta situación en la actualización de la opinión de sostenibilidad a largo plazo de las administraciones públicas, que publicó al mismo tiempo que el informe. En la opinión, la AIReF aborda la sostenibilidad desde una perspectiva integral e independiente, con una visión de conjunto y no fragmentada, ya que el gasto en pensiones no es la única presión sobre el gasto a largo plazo. La opinión ofrece una visión completa de la dinámica de gastos e ingresos sobre el conjunto de las AAPP, una actualización de las proyecciones demográficas, económicas y presupuestarias a 2050 y 2070 y un análisis de la suficiencia y contributividad.

En concreto, la AIReF “estima que la población total de España aumentará hasta los 52,1 millones de personas en 2050 debido al paulatino incremento de la longevidad y las migraciones exteriores netas. Sin embargo, la población en edad de trabajar comenzará a descender a partir de 2029, lo que provocará que la tasa de dependencia muestre una tendencia creciente hasta finales de la década de 2050, casi duplicando el valor actual. En ese año, habrá 1,4 trabajadores por cada persona inactiva, frente a la relación de 2 trabajadores por cada persona inactiva de hoy”.

En este contexto, la AIReF estima que el crecimiento real de la economía española tenderá al 1,3% en el largo plazo y requerirá un exigente crecimiento de la productividad del 1,1% del PIB. El gasto en pensiones aumentará desde el 12,9% del PIB en 2023 hasta el 16,1% en 2050, para reducirse después al 14,7% del PIB en 2070. Esto implica un incremento del gasto en pensiones de 3,4 puntos del PIB en el periodo 2022-2050, frente al incremento de 3 puntos previsto en la opinión del año 2023. Las reformas del sistema de pensiones entre 2021 y 2023 ya han producido un aumento del gasto de 0,5 puntos, que aumentará hasta 2,7 puntos en 2050 debido, fundamentalmente, a la revalorización de las pensiones con el IPC y la eliminación del factor de sostenibilidad.

Por último, resulta especialmente interesante el documento publicado por la AIReF el día 4 julio de 2025 con el título ”¿Es sostenible el sistema de pensiones?” que comienza señalado que “para saber si el pago de las pensiones futuras está o no en riesgo no podemos fijarnos solo en cuánto crecen las pensiones o las cotizaciones sociales, sino saber si el conjunto de las Administraciones públicas es sostenible”. Y sigue respondiendo a la pregunta: “¿Hace falta tomar medidas o no? Sí, es necesario tomar medidas para asegurar la sostenibilidad de las Administraciones públicas. Así lo hemos dicho en nuestra Opinión sobre la sostenibilidad, pero también lo reconoce el Gobierno en su Plan Fiscal y Estructural de Medio Plazo”; y a la pregunta: “¿Qué tipo de medidas? Las medidas que se tomen pueden ser de contención de gastos o de incremento de ingresos. No afectan solo a las pensiones y cotizaciones sociales, sino a cualquier gasto o ingreso público. Y acaba preguntándose: “En definitiva, ¿es sostenible el sistema de pensiones? Será sostenible siempre que lo sea el conjunto de las Administraciones públicas. De ahí la importancia de atender a la sostenibilidad de las cuentas públicas”.

b) La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)

El documento “Pensions at a Glance 2025 OECD and G20 Indicators” señala que España será el país de la OCDE que mayor proporción del PIB dedicará a pagar pensiones en 2050. El organismo prevé que España destine en torno al 17% de su PIB a pensiones a mediados de siglo, frente al promedio del 10%.

B) La aniquilación de los planes de pensiones individuales

A la vista del diagnóstico de situación realizado, cualquier decisión racional nos recomendaría potenciar los instrumentos de previsión social complementaria, entre los que destacan los planes y fondos de pensiones. Sin embargo, en este momento constatamos que el Gobierno y, en particular, el Ministro del ramo que transitó en “horas 24” al Gobierno del Supervisor Bancario en una pirueta inverosímil de “puerta giratoria”, por completo anormal en cualquier país desarrollado y patológica en un Estado miembro de la UE;  por razones ideológicas, ha procedido a realizar una aniquilación planificada, progresiva y sistemática de los planes de pensiones personales.

En la última entrada de la serie de ellas que dedicamos en su día al expolio de los derechos consolidados que varios millones españoles tenían invertidos en sus planes de pensiones individuales (se trata de la de 30 de noviembre de 2022 titulada “Pensiones públicas vs. Planes de pensiones. Un antagonismo falaz” que remite a otras muchas precedentes) partíamos de los problemas evidentes de nuestro país para garantizar la sostenibilidad del sistema público de pensiones y de su necesaria reforma para garantizar la recepción de los anhelados fondos europeos “Next Generation”. Entonces volvíamos la vista hacia el principal sistema de la previsión social complementaria en España y en la mayor parte de Estados miembros de la UE, cual es el sistema de planes y fondos de pensiones para recordar que el Preámbulo de la Ley 12/2022 constataba que el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la reforma 5.ª del componente 30 recoge el compromiso de una «Revisión e impulso de los sistemas complementarios de pensiones».

A continuación, exponíamos el impacto negativo de los dos movimientos regulatorios estratégicos recientes del sistema de planes y fondos de pensiones en España que eran y siguen siendo:

a) Desde el año 2021, la aniquilación de los planes de pensiones individuales, por inanición de su rentabilidad financiero-fiscal. Este ha sido y sigue siendo – a nuestro entender- un proceso gravemente erróneo por las razones que hemos expuesto en varias entradas de este blog, la última de las cuales es la del 25.03.2022 sobre “El Producto Paneuropeo de Pensiones Individuales (PEPP). La entrada en vigor, el 22 de marzo de 2022 en la Unión Europea, del Reglamento (UE) 2019/1238 que lo regula.  Una noticia en contra de la aniquilación de los planes de pensiones individuales en España”. Añadíamos que el incremento hasta 30 años de la base de cómputo salarial para calcular la pensión pública con la consiguiente reducción de su cuantía (calculada por el Banco de España en una media del 8,5% de las pensiones equivalente, aproximadamente, a 200 euros), en un contexto de hiperinflación, agravaría el daño causado por la aniquilación efectiva de los planes de pensiones individuales y dejaría a los millones de ciudadanos y ciudadanas que habían confiado una parte significativa de sus ahorros a este sistema de previsión social complementaria en una situación que calificábamos de “indefensión previsional” porque, a futuro, no podrán aportar recursos en cuantía suficiente para mantener el valor de su ahorro previsional y, a pasado, verán como la inflación roe el valor real de lo aportado durante 33 años.

En este sentido, insistíamos en lo ya señalado en las anteriores entradas de este blog sobre el hecho de que la reducción drástica del límite de aportación a los planes de pensiones individuales nos parecen injustas porque no se trata únicamente de discriminación frente a los planes de pensiones de empleo en términos de incentivos fiscales -que podría ser comprensible para estimular esta “segunda pata” de la previsión social complementaria laboral- sino, y esto es lo más grave, de limitación absoluta -tanto financiera como fiscal- de las aportaciones a los planes de pensiones individuales. Esta limitación absoluta de las aportaciones a los planes de pensiones individuales tiene un efecto expoliador del ahorro destinado honradamente por millones de españoles durante 33 años a su previsión social complementaria en un contexto sistémicamente inflacionista que condena a los millones de españoles que tienen contratados planes de pensiones individuales a contemplar, año tras año, como sus fondos se devalúan víctimas de inflación sistémica contra la que no pueden luchar eficazmente aportando nuevos fondos en cuantía suficiente porque tales aportaciones están topadas a cuantías claramente insuficientes para mantener el valor real de sus inversiones y mucho menos para verlas crecer para su tranquilidad al contar con instrumentos eficientes de garantía de su previsión social complementaria.

b) Durante el año 2022, el impulso de los Planes y los Fondos de Pensiones de Empleo mediante la Ley 12/2022, de 30 de junio, de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, (sobre su contenido, el lector interesado puede consultar las cuatro entradas publicadas en este blog los días 8, 9, 10 y 11 de agosto de este año 2022 bajo el título común de “Impulso de los Planes y los Fondos de Pensiones de Empleo) desarrollada por el Real Decreto 885/2022, de 18 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, para el impulso de los planes de pensiones de empleo (el lector interesado puede ver la entrada de este blog del pasado día 24.11.2022 sobre los “Fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos (FPEPP): El Real Decreto 885/2022, de 18 de octubre desarrolla sus Comisiones y las retribuciones de sus Entidades Gestoras y Depositarias”).

A modo de conclusión de estos antecedentes nos parece que puede interesar a los lectores de este blog reproducir algunas de las conclusiones de nuestro estudio sobre “El impulso de los Planes y los Fondos de Pensiones de Empleo por la Ley 12/2022” publicado en Foro, Revista de la Facultad de Derecho de la UCM vol. 25, núm. 1 (2022): pp. 43-82:  

1ª. La Ley 12/2022, de 30 de junio, de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre implica un cambio notable en el diseño general de la previsión social complementaria en nuestro país porque pretende desplazar el “centro gravitacional” desde los planes y los fondos de pensiones individuales o personales a los planes y los fondos de pensiones de empleo.

2ª. El Real Decreto 885/2022, de 18 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, para el impulso de los planes de pensiones de empleo desarrolla un aspecto esencial para la viabilidad práctica de los FPEPP cual es la rentabilidad de su gestión y custodia estableciendo las retribuciones máximas que pueden percibir sus Entidades Gestoras y Depositarias.

3ª. El desplazamiento del “centro gravitacional” de la previsión social complementaria en España desde los planes y los fondos de pensiones individuales o personales a los planes y los fondos de pensiones de empleo que operó la Ley 12/2022, -siendo un proceso plenamente legítimo y acorde con la normativa de la UE- vino precedido de un proceso de aniquilación -por inanición de la rentabilidad financiero-fiscal- del sistema español de los planes de pensiones individuales: que, en nuestra opinión, ha sido un proceso injusto, innecesario e ineficiente por la razones que pasamos a exponer:

a) En primer lugar, decimos que el proceso de aniquilación práctica del sistema español de los planes de pensiones individuales ha sido injusto por expropiatorio. En efecto, entendemos que se ha cometido un expolio injusto e ineficiente y contrario a la normativa europea del ahorro destinado por millones de españoles durante 33 años a su previsión social complementaria.

b) En segundo lugar, decimos que el proceso de aniquilación práctica del sistema español de los planes de pensiones individuales ha sido innecesario por inútil para provocar un trasvase desde este tipo de planes a los planes de empleo. Con un resultado final neto de daño al sistema de previsión social complementaria.

c) En tercer lugar, decimos que el proceso de aniquilación práctica del sistema español de los planes de pensiones individuales ha sido ineficiente por el impacto neto negativo en la previsión social complementaria cuando más necesaria es, dada la insostenibilidad del sistema público de pensiones y los efectos de la inflación sobre el poder adquisitivo de las pensiones cada vez más escuálidas que el sistema público podrá garantizar.

C) Cómo afecta la carencia crónica de Presupuestos Generales del Estado del Reino de España a la sostenibilidad de las pensiones

Es llegado el momento de compartir con Ustedes, queridos lectores, algunas reflexiones preocupantes a la vista de la política gubernamental sobre las pensiones públicas en 2026; teniendo en cuenta en particular que su sostenibilidad se vincula por la AIReF -como antes vimos- a “la importancia de atender a la sostenibilidad de las cuentas públicas” y que desde el año 2023, el Gobierno de España no cumple tan siquiera su deber constitucional de presentar el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado. Esta violación del deber que le impone al Gobierno el artículo 137 de nuestra -reiteradamente mencionada e ignorada- Constitución resulta particularmente preocupante en la medida en que condena al Reino de España a vagar como un vagabundo sin dirección por el mercado de los países desarrollados y muy especialmente de los Estados miembros de la UE.

Y, para concluir esta entrada, describimos dos círculos viciosos que explican la dudosa viabilidad actual de las pensiones en España, expuestos en forma de silogismo:

a) Sobre la inviabilidad de las pensiones públicas en España

Si la viabilidad a medio y largo plazo de las pensiones, dado su carácter sistémicamente deficitario por razones demográficas y laborales,  depende de la solvencia de las administraciones públicas; y

si esta depende de una programación eficiente de los ingresos y gastos públicos y ello requiere, en los Estados democráticos, la elaboración, aprobación y ejecución de  unos PGE;

entonces la ausencia crónica de PGE compromete la viabilidad a medio y largo plazo de las pensiones públicas.

b) Sobre la inviabilidad de las pensiones complementarias en España

Si las carencias del sistema público de pensiones pueden verse paliadas por un sistema eficiente de previsión social complementaria de origen laboral o personal; y

si la aniquilación de los planes de pensiones personales afecta al sistema de previsión social complementaria;

entonces, la expropiación del rendimiento financiero-fiscal de los derechos económicos de los partícipes en los planes de pensiones personales realizada en España desde el año 2020 por motivos ideológicos  daña el equilibrio entre la seguridad social pública y la previsión social complementaria que resulta necesario para lograr el funcionamiento eficiente de un sistema nacional de protección de la jubilación.

D) Algunas cifras para contrastar la veracidad de lo afirmado

Para constatar la veracidad de lo afirmado, el lector puede acudir a la realidad más reciente donde puede leer las siguientes noticias:

a) Sobre el déficit público desbocado

“La deuda pública se dispara en más de 535.000 millones desde que gobierna Sánchez. Se necesita una política económica distinta a la de Sánchez, que es confiscatoria e incrementalista de déficit y deuda; en suma, empobrecedora. En octubre, la deuda bajó en 16.100 millones de euros. Ahora bien, dicha reducción se debe al diferente decalaje entre amortizaciones y refinanciaciones, no a una reducción de la deuda en valores absolutos, porque mientras exista déficit, se genera deuda, ya que esta última es el agregado de los saldos presupuestarios de los diferentes ejercicios. El aumento de los ingresos derivado de la inflación mitiga el déficit y, con ello, la deuda en valores absolutos, pero, aun así, el déficit sigue siendo considerable porque se gasta casi todo el nuevo ingreso que se genera. Es más, el cociente entre la deuda y el PIB sigue por encima del 100%, de manera que ni la recaudación excepcional consigue rebajar el cociente por debajo de dicho umbral. La deuda puede rebajarse ficticiamente, pero sigue existiendo, sigue creciendo y sigue acumulándose como una losa para la economía española, tanto por su capacidad para devolverla, como por su capacidad para pagar los intereses de esta, que drenarán recursos a otros servicios esenciales. La deuda sigue en torno a los 1,7 billones de euros, y se sitúa en octubre en 1,6932 billones de euros, con 535.000 millones de euros de incremento desde que gobierna Sánchez (535.863 millones), según las notas iniciales de deuda de las AAPP emitidas por el Banco de España con carácter mensual. De esta forma, la deuda sigue incrementándose en alrededor de 200 millones de euros al día (197,74 millones) -casi 1.500 millones a la semana, 6.000 millones al mes, 8,5 millones cada hora- desde que gobierna Sánchez. O dicho de otra manera, Sánchez incrementa la deuda cada minuto en 137.316 euros. Es decir, mientras un ciudadano hace una pausa de quince minutos para tomarse un café por la mañana, Sánchez habría incrementado la deuda en más de 2 millones de euros. Y durante una jornada laboral completa, en la que un ciudadano habrá estado trabajando duramente ocho horas, generando actividad económica, empleo y pagando sus impuestos, Sánchez habrá aumentado la deuda en 65 millones de euros.” (Fuente: Libertad Digital, José María Rotellar, 29/12/2025 – 05:45 h.).

b) Sobre el impacto anormal de las pensiones en el gasto total de las administraciones públicas y el desequilibrio entre las pensiones contributivas y las no contributivas

“Las pensiones no contributivas subirán cuatro veces más que la pensión media” (Fuente: ABC, JOHN MÜLLER, Miércoles 24 de diciembre de 2025).

“Las pensiones se llevan la mitad del aumento del gasto público de los 30 últimos años. El gasto total de las administraciones públicas ascendió en 2024 a 725.001 millones de euros. El reparto del gasto público español ha experimentado una transformación profunda durante las últimas tres décadas, según un análisis de Fedea. Aunque el volumen total de gasto sobre el PIB apenas ha variado entre 1995 y 2024, pasando del 44,1% al 45,5%, sí se ha producido un desplazamiento significativo en su composición interna. La mayor parte del crecimiento real del gasto público en ese periodo procede de un único capítulo: las pensiones (Fuente: Libertad Digital, Diego Sánchez de la Cruz, 20/12/2025 – 03:02 h.).