Alberto Javier Tapia Hermida
192 pp. Madrid 2021. Editorial Reus. Colección Derecho Español Contemporáneo (Dirs. Rogel Vide, C., Diaz Alabart. S.)
La semana pasada vio la luz una monografía que se basan en gran medida, en las entradas que el pasado año 2020 publicamos en este blog financiero sobre las decisiones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y de la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo Español sobre los contratos bancarios de préstamo de dinero y, en particular, sobre las cláusulas de intereses, las denominadas “tarjetas “revolving” y sobre la aplicación de la Ley de represión de la usura.
En la presentación de la obra exponemos su finalidad diciendo:
“La velocidad descontrolada a la que nos conduce la vida en general, especialmente en esta época infausta de la pandemia del COVID 19, nos obliga a acomodar nuestras costumbres como juristas a la motorización -que más se parece a la perturbación- legislativa y jurisprudencial. De tal manera que la tradicional quietud de la doctrina sentada por la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo ha “saltado por los aires” a resultas, no sólo de la referida aceleración temporal de acontecimientos, sino también y fundamentalmente, de la primacía del Tribunal de Justicia de la UE a la hora de interpretar de forma armonizada la normativa comunitaria.
Ello resulta particularmente cierto en los litigios que versan sobre la aplicación de la Directiva de 1993 sobre cláusulas abusivas a las que figuran en los contratos bancarios de préstamo de dinero con garantía hipotecaria para la adquisición de la vivienda habitual. En los últimos años, hemos visto como las cláusulas suelo, las multidivisa, las de gastos, las de tipos de interés IRPH, las de comisiones de apertura y las de intereses usuarios han invadido los medios de comunicación y han hecho nacer una floreciente industria de litigación bancaria.
En esta tesitura, en febrero de este mismo año 2020 publicamos una “Guía de la contratación bancaria y financiera” dentro de la Colección Grandes Tratados de Aranzadi, en la editorial Thomson Reuters en la que, por razones cronológicas, nos basamos en la jurisprudencia dictada hasta enero de 2020.
Pues bien, desde entonces y a lo largo de este año 2020, tanto el TJUE como la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo han dictado sentencias -en muchos casos, plenarias- que exigen su debido análisis y comentario y a las que hemo hecho referencia individual en nuestro blog financiero (ajtapia.com).
Procede, ahora, poner algo de orden en la jurisprudencia citada para facilitar su gestión por el jurista necesitado de ello, Y este es, precisamente, el objetivo de la obra que tiene entre sus manos el amable lector. Finalidad que condiciona no solo su contenido, sino también su estructura y estilo. Confiamos que hayamos conseguido tan modesto -al tiempo que útil- propósito”.
