Cláusula delimitadora del riesgo no sorpresiva y, por lo tanto, válida en un seguro colectivo de vida contratado por un banco. Sentencia de la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo 87/2021, de 17 de febrero
En este blog -y fuera de él- nos hemos ocupado con frecuencia de la tormentosa calificación jurisprudencial de las cláusulas de los contratos de seguro como delimitadoras del riesgo cubierto, limitativas de los derechos de los asegurados o lesivas por sorprendentes a la luz del art.3 de la LCS. También nos hemos ocupado con frecuencia…