Los días 29 de junio y 1 de julio de 2021, la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones para la Jubilación (AESPJ/EIOPA) publicó sendos documentos que inciden en la sostenibilidad financiera y, especialmente, ecológica en el mercado de seguros europeo. Se trata, respectivamente, del “Documento metodológico sobre la posible inclusión del cambio climático en la fórmula estándar de NAT CAT” (acrónimo anglosajón que hace referencia a las catástrofes naturales) y del “Informe sobre la suscripción y fijación de precios de seguros generales a la luz del cambio climático”. La actualidad y la importancia de la sostenibilidad ecológica y, especialmente, climática en el mercado de seguros en Europa nos recomienda dar cuenta sintética de su contenido en este blog.
Contexto en el Derecho europeo y español
Conviene enmarcar los documentos de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones para la Jubilación (AESPJ/EIOPA) sobre seguro, cambio climático y catástrofes naturales en el contexto de las transformaciones más recientes del Derecho europeo y español en materia de sostenibilidad financiera medioambiental:
a) Derecho europeo: La sostenibilidad del Fondo InvestEU
En el DOUE del pasado 13 de julio de 2010 (pág. C 280/1 y ss.) se publicó la Comunicación de la Comisión relativa a las orientaciones sobre la comprobación de la sostenibilidad del Fondo InvestEU (2021/C 280/01) que tienen por objeto “ayudar a las entidades gestoras asociadas, a los intermediarios financieros y a los promotores/perceptores finales de los proyectos a cumplir con los requisitos de comprobación de la sostenibilidad del Reglamento InvestEU” (Reglamento (UE) 2021/523 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de marzo de 2021, por el que se establece el Programa InvestEU y se modifica el Reglamento (UE) 2015/1017, DO L 107 de 26.3.2021, p. 30 y ss.) que introduce la sostenibilidad de las operaciones de financiación e inversión como un elemento importante en el proceso de toma de decisiones a la hora de aprobar el uso de la garantía de la UE teniendo en cuenta que la sostenibilidad se refiere a las tres dimensiones establecidas en el artículo 8, apartado 5, del Reglamento InvestEU: climática, medioambiental y social.
b) Derecho español: La sostenibilidad financiera medioambiental y la transparencia del riesgo de cambio climático en el sistema financiero: la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética
En el que el BOE núm. 121 del pasado viernes 21 de mayo de 2021 (Sec. I. Pág. 62009 y ss.) se publicaba la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética que entró en vigor el 22 de mayo y que, en sus arts.32 y 33 establece, respectivamente, sendos sistemas de incentivos microregulatorios para lograr la sostenibilidad financiera medioambiental mediante la transparencia corporativa financiera del riesgo de cambio climático que afectan, entre otras entidades, a las entidades aseguradoras y reaseguradoras y de incentivos macroregulatorios para lograr la sostenibilidad financiera medioambiental a través de la transparencia sistémica financiera del riesgo de cambio climático (ver al respecto la entrada de este blog de 27 de mayo de 2021 sobre la “Sostenibilidad financiera medioambiental. Transparencia del riesgo de cambio climático en el sistema financiero: la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética”).
Antecedente: La sostenibilidad financiera en el Informe anual 2020 de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones para la Jubilación (AESPJ/EIOPA)
Dentro del apartado del Informe anual 2020 de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones para la Jubilación (AESPJ / EIOPA) dedicado a la sostenibilidad financiera (pág.30 y ss.) se establecen varios apartados dedicados al papel de relevante de las aseguradoras y los fondos de pensiones para mitigar del impacto del cambio climático en su condición de grandes inversores y gestores de riesgos; a la opinión de EIOPA sobre la supervisión del uso de escenarios de riesgo de cambio climático en ORSA (“Own Risk and Solvency Assestment”); a la brecha de la protección de los seguros frente a las catástrofes naturales (NAT CAT) y a la suscripción de seguros generales y la fijación de primas a la luz del cambio climático (el lector interesado puede ver la entrada de este blog del día 1 del mes en curso titulada “Sostenibilidad y digitalización en el mercado de seguros: Temas centrales del Informe anual 2020 de EIOPA”).
En este último aspecto, presenta un especial interés la referencia al “Documento de debate sobre suscripción y fijación de precios de seguros generales a la luz del cambio climático” contenida en el Informe de EIOPA en su pág.32 como un trabajo de seguimiento de la opinión sobre sostenibilidad dentro de Solvencia II y donde EIOPA señaló que un argumento muy común para que las aseguradoras de no vida no incluyan los riesgos relacionados con el cambio climático en su metodología de precios es el hecho de que muchas de ellas tienen contratos de duración a corto plazo (normalmente contratos de 12 meses) que les permiten volver a cotizar anualmente, lo que también significa que pueden ajustar el precio si cambia el riesgo.
Sin embargo, dichas aseguradoras deben tener en cuenta que existen límites comerciales y sociales para la modificación de precios de los seguros distintos de los de vida. En este sentido, también deben tener presente esas aseguradoras que, en el contexto del cambio climático, se espera que aumenten las pérdidas relacionadas con el clima.
Por tanto, para reflejar el aumento del riesgo relacionado con el clima, la prima también debería aumentar. A medio y largo plazo, esto podría conducir al riesgo de que la cobertura del seguro se vuelva inasequible para el asegurado, así como a que la industria se vea afectada por ciertos riesgos. En conclusión, EIOPA considera que, para abordar el problema de la brecha de protección en el contexto del cambio climático, el sector de seguros tiene la posibilidad de desempeñar un papel clave no solo transfiriendo y agrupando el riesgo, sino también contribuyendo a la mitigación y adaptación al cambio climático. Por lo tanto, EIOPA ha introducido el concepto de suscripción de impacto y el Documento de debate tiene como objetivo resaltar los desafíos asociados con los contratos de no vida a corto plazo y la revaluación anual utilizando eventos pasados de NAT CAT, y el impacto del cambio climático en la brecha de prima, asequibilidad y protección. El documento también identifica cómo las aseguradoras podrían abordar los problemas de la brecha de protección en el contexto del cambio climático y contribuir a la mitigación y adaptación al cambio climático. En relación con lo anterior destaca también la referencia del Informe al “Documento de debate: metodología sobre la posible inclusión del cambio climático en la fórmula estándar de NAT CAT”.
El Informe de 1 de julio de 2021 de la AESPJ/EIOPA sobre la suscripción y fijación de precios de seguros generales a la luz del cambio climático
El día de 1 de julio de 2021 la AESPJ/EIOPA publicó su “Informe sobre la suscripción y fijación de precios de seguros generales a la luz del cambio climático” (“Report on non-life underwriting and pricing in light of climate change”, EIOPA-BoS-21/259, 01 July 2021) del que pasamos a dar noticia.
Finalidad
El informe tiene como objetivo involucrar a las partes interesadas en el papel clave del sector asegurador para contribuir, a través de soluciones basadas en seguros, a la mitigación y adaptación al cambio climático.
Estructura
El Informe de 1 de julio de EIOPA sobre la suscripción y fijación de precios de seguros generales a la luz del cambio climático comienza abordando los principios generales de fijación de precios y suscripción de seguros distintos de los de vida. Luego, el informe destaca los desafíos asociados con los contratos de no vida a corto plazo y la revaluación anual en el contexto del cambio climático, con el fin de ilustrar el impacto del cambio climático en la brecha de protección de precios, asequibilidad y seguros.
En particular, el informe identifica la forma en que las aseguradoras podrían abordar la brecha de protección de los seguros y contribuir a la mitigación y adaptación al cambio climático, proporcionando aclaraciones sobre el concepto de «suscripción de impacto».
Contenido
El Informe parte de la situación medioambiental actual en la que el cambio climático constituye un grave riesgo para la sociedad, incluidas las empresas de seguros. Elo es así porque la temperatura global es ahora alrededor de 1 ° C más alta en comparación con la era preindustrial y, si no se introducen estrategias de mitigación adecuadas, el calentamiento global podría alcanzar los 3 ° C o más para fines de este siglo. El impacto perjudicial del calentamiento global en los sistemas naturales y humanos ya es visible hoy y si no se adoptan acciones climáticas a nivel global, la temperatura promedio global y los riesgos físicos asociados continuarán aumentando, creciendo el tiempo el riesgo de suscripción para las aseguradoras, impactando los valores de los activos y desafiando sus estrategias comerciales.
Se estima que, si no se adoptan medidas adicionales de mitigación del clima, el calentamiento podría alcanzar los 3 ° C o más por encima de la temperatura preindustrial para fines de siglo y la UE se enfrentaría a los impactos siguientes:
a) Las pérdidas totales por sequía para la UE y el Reino Unido aumentarían a casi 45 mil millones de euros / año con un calentamiento de 3 ° C en 2100 en comparación con los 9 mil millones de euros / año en la actualidad.
b) Casi medio millón de personas en la UE y el Reino Unido estarían expuestas a las inundaciones de los ríos cada año, o casi tres veces el número actual, y las pérdidas por inundaciones de los ríos aumentarían 6 veces en magnitud, alcanzando casi 50 mil millones de euros / año con 3 ° C en 2100.
c) Las pérdidas por inundaciones costeras en la UE y el Reino Unido aumentarían en dos órdenes de magnitud y ascenderían a 250.000 millones de euros anuales en 2100, mientras que 2,2 millones de personas estarían expuestas al año a inundaciones costeras en comparación con las 100.000 actuales.
Estos fenómenos climáticos tendrían los efectos consiguientes en el mercado asegurador donde las entidades aseguradoras, como suscriptores de riesgos de catástrofes naturales, se verían particularmente afectadas por el cambio climático.
El Informe expone las opiniones de la AESPJ sobre la integración de la sostenibilidad, en particular los desarrollos relacionados con el clima, en el marco de Solvencia II. En concreto, dice: «de acuerdo con los principios actuariales basados en el riesgo, el seguro debe contribuir a la adaptación y mitigación del cambio climático«. Para ilustrar y definir mejor el papel del sector de seguros, EIOPA ha introducido el concepto de suscripción de impacto, para incluir “el desarrollo de nuevos productos de seguros, ajustes en el diseño y precio de los productos y el compromiso con las autoridades públicas, sin dejar de lado principios actuariales basados en el riesgo de selección de riesgos y fijación de precios”.
El papel de las aseguradoras también se destacó en el Informe final sobre taxonomía de la UE desarrollado por el Grupo de expertos técnicos (TEG) sobre finanzas sostenibles (TEG, 2020) donde el seguro de no vida ha sido reconocido como una actividad que podría contribuir significativamente a la adaptación al cambio climático.
En sus comentarios a la consulta pública, algunas partes interesadas señalaron que la «suscripción de impacto», sujeta a más aclaraciones, puede tener impactos tanto positivos como negativos en la disponibilidad y asequibilidad de los seguros. El precio y la disponibilidad de los seguros dependen de dos componentes principales: riesgo y capacidad. La suscripción de impacto puede tener efectos sobre el riesgo, la capacidad y la oferta de productos. Por ejemplo, la falta de capacidad o voluntad de las aseguradoras para suscribir los riesgos relacionados con las centrales eléctricas de carbón o las exploraciones mineras, podría aumentar la prima y, en última instancia, hacer que dichas coberturas ya no sean asequibles o disponibles. Por otro lado, se señaló que también hay muchos efectos positivos de la suscripción de impacto desde una perspectiva social con respecto a la educación y, en general, una mayor conciencia ambiental de los asegurados.
Los sucesivos epígrafes del Informe de 1 de junio de 2021 se refieren a la suscripción y fijación de precios de no vida en general y en el contexto del cambio climático; a la revalorización anual de los contratos a corto plazo a la luz del cambio climático; a las opciones para garantizar la disponibilidad y asequibilidad de los seguros a la luz del cambio climático; al uso de la suscripción de impacto para contribuir a la adaptación o mitigación del cambio climático mediante precios basados en riesgos y términos contractuales, con consideraciones de seguros a largo plazo y de una estrategia de suscripción de productos y servicios que contribuya a la adaptación y mitigación del cambio climático.
El Documento metodológico de 29 de junio de 2021 sobre la posible inclusión del cambio climático en la fórmula estándar de NAT CAT
El 29 de junio de 2021 la AESPJ/EIOPA publicó un “Documento metodológico sobre la posible inclusión del cambio climático en la fórmula estándar de Nat Cat” (“Methodological Paper on potential inclusion of climate change in the Nat Cat standard formula”, EIOPA-BoS-21/253, 29 June 2021). De su contenido damos noticia sintética a continuación.
Finalidad
En el marco de Solvencia II, las entidades aseguradoras deben calcular el Capital de solvencia obligatorio (SCR – Solvency Capital Requirement) referido a las Catástrofes Naturales (Nat Cat – Natural Catastrophe) y, para ello, pueden optar por utilizar la Fórmula Estándar (SF – Standard Formula) o un modelo interno si la Fórmula Estándar (SF) no representa adecuadamente el riesgo. Este documento aborda el módulo Nat Cat de SF.
Conviene tener en cuenta que, el 7 de junio de 2021, EIOPA publicó su “Declaración de supervisión sobre prácticas de supervisión y expectativas en caso de incumplimiento del capital de solvencia obligatorio” (“Supervisory Statement on supervisory practices and expectations in case of breach of the solvency capital requirement” EIOPA-BoS-21/281, 07 June 2021).
Estructura
El documento metodológico está estructurado de la siguiente manera: El Capítulo 2 analiza la metodología utilizada hasta ahora para la calibración del Capital de solvencia obligatorio referido a las Catástrofes Naturales (Nat Cat SCR). El Capítulo 3 profundiza en el cambio climático en Europa analizando qué peligros y de que manera los países se ven afectados por el cambio climático. Finalmente, el Capítulo 4 explica cómo incluir el cambio climático en la calibración Nat Cat SCR en el SF.
Contenido
a) Hipótesis de partida: aumento de la frecuencia y gravedad de las catástrofes naturales derivadas del cambio climático
El documento metodológico parte de la hipótesis de que, debido al cambio climático, se espera que aumente la frecuencia y gravedad de las catástrofes naturales. Las proyecciones climáticas mejoradas proporcionan evidencia de que el cambio climático futuro aumentará los extremos relacionados con el clima (por ejemplo, olas de calor, fuertes precipitaciones, sequías, velocidades máximas del viento y marejadas ciclónicas) en muchas regiones europeas.
b) Consecuencias en los módulos de suscripción en fórmula estándar (SF) de los seguros de vida, de salud y de no vida
En consecuencia, el cambio climático podría afectar a todos los módulos de suscripción en fórmula estándar (SF) de los seguros de vida, de salud y de no vida:
b.1) En el caso del riesgo de suscripción de vida y salud, el cambio climático puede afectar los submódulos de riesgo de mortalidad, longevidad, catástrofe y discapacidad / morbilidad. Los fenómenos meteorológicos más extremos, como las olas de calor, podrían, por ejemplo, dar lugar a tasas de mortalidad más elevadas que podrían ocasionar reclamaciones más elevadas en las carteras de mortalidad o morbilidad. Sin embargo, el efecto que el cambio climático puede tener sobre los riesgos de suscripción de vida y salud dependerá de diferentes factores, como la línea de negocio. El cambio climático también podría tener un efecto en el submódulo del gasto de la salud, especialmente en el riesgo de pandemia, porque es posible que las enfermedades que afectan solo a determinadas partes del mundo también se propaguen a otras partes del mundo en el futuro (p. Ej. malaria, dengue).
b.2) En el caso del riesgo de suscripción de no vida, el cambio climático puede tener un impacto en el riesgo de prima del submódulo. Los impactos climáticos ya observados pueden tener un precio en las primas porque las primas de no vida generalmente se adaptan anualmente. Por tanto, se puede suponer que los datos utilizados por la AESPJ / EIOPA para la calibración de la desviación estándar del riesgo de la prima proporcionan una visión actual del cambio climático. El submódulo de riesgo de catástrofes no vida es uno de los módulos centrales que se verá afectado por el cambio climático. Este submódulo consta de tres submódulos separados e independientes que se ocupan del riesgo de catástrofes naturales, el riesgo de catástrofes provocadas por el hombre y otros eventos catastróficos. El siguiente análisis se centra en el módulo de catástrofes naturales (Nat Cat), ya que el cambio climático podría provocar eventos más frecuentes y graves que podrían generar mayores pérdidas aseguradas de las aseguradoras de no vida.
c) El módulo de Nat Cat del capital de solvencia obligatorio (SCR) dentro de Solvencia II
El módulo de Nat Cat calcula el capital de solvencia obligatorio (SCR) vinculado con los eventos de Nat Cat. La Opinión de la AESPJ sobre la sostenibilidad dentro de Solvencia II (AESPJ, 2019) destacó los siguientes puntos sobre cómo se consideraron los desarrollos relacionados con el clima en el Nat Cat SCR en Solvencia II:
c.1) Una recalibración periódica de los parámetros estándar para el módulo de riesgo Nat Cat del SF (cada 3 a 5 años) debería tener en cuenta los desarrollos futuros, así como el efecto potencial del cambio climático utilizando los datos y la ciencia más recientes disponibles.
c.2) La comunidad de modelos de riesgo de catástrofes debería ampliar sus análisis sobre el efecto potencial del cambio climático y, cuando sea material, reflejar los resultados de esos análisis en sus modelos Nat Cat.
c.3) Cuando las entidades aseguradoras se basen en modelos externos de riesgo de catástrofes, deben asegurarse de que el modelo sea lo suficientemente transparente con respecto al método y los datos utilizados y las suposiciones adoptadas en el diseño de los modelos Nat Cat.
c.4) Se necesita más trabajo para investigar si los peligros adicionales relacionados con el cambio climático, como las sequías y los incendios forestales, podrían capturarse mejor en el marco de Solvencia II en el submódulo de riesgos Nat Cat.
d) Las diferentes posibilidades de incluir el cambio climático en la calibración SCR de Nat Cat
Como seguimiento de la Opinión de la EIOPA sobre la sostenibilidad dentro de Solvencia II, la EIOPA investigará en este documento si resulta preciso incluir y cómo el cambio climático en la calibración Nat Cat SCR en el SF. Para considerar diferentes posibilidades de incluir el cambio climático en la calibración SCR de Nat Cat, es importante tener en cuenta los siguientes aspectos:
d.1) Horizonte temporal: según Solvencia II, los requisitos de capital se determinan sobre la base de una medida del valor en riesgo del 99,5% durante un año. Para el proceso de recalibración, es importante tener en cuenta que pueden pasar más de dos años entre la recalibración de los parámetros y cuando las empresas realmente utilizarán estos parámetros. Además, debe tenerse en cuenta el hecho de que los parámetros SF no se recalibran anualmente. Es clave asegurarse de que los parámetros sean adecuados durante más de un año, ya que se utilizarán los mismos parámetros durante varios años hasta que se realice una recalibración. Por lo tanto, podría ser importante introducir un enfoque prospectivo al realizar una recalibración de parámetros Nat Cat SF para garantizar que los parámetros sean válidos durante los próximos 5 a 10 años. Supongamos el siguiente ejemplo, una recalibración se realiza en 2025, la próxima recalibración tiene lugar 5 años después en 2030. Sin embargo, la industria implementará los parámetros de la calibración de 2030 solo en 2032. Esto significa que los parámetros de la recalibración de 2025 debe ser válido para ser utilizado hasta 2032 (y esto con la condición de que la nueva recalibración se realice 5 años después); basado en el riesgo: Solvencia II es un enfoque basado en el riesgo. Por tanto, es importante considerar todos los aspectos de los riesgos (para Nat Cat: exposición, vulnerabilidad y peligro). Por lo tanto, para integrar los aspectos del cambio climático en Solvencia II, no es suficiente considerar simplemente los cambios en el peligro (por ejemplo, tasas de precipitación más altas), sino que también es necesario considerar la exposición y su vulnerabilidad correspondiente. Si, por ejemplo, aumenta el riesgo de inundaciones, es muy posible que se tomen medidas de adaptación y se instalen defensas contra inundaciones para que el riesgo no aumente aunque sí lo haga el peligro.
d.2) Calibración Nat Cat SCR: los factores actuales se basan principalmente en la salida de los modelos Nat Cat. La mayoría de los modelos de Nat Cat reflejarían el riesgo de Nat Cat durante los próximos 12 meses. Como se menciona en el Dictamen de la EIOPA sobre la sostenibilidad dentro de Solvencia II, el impacto del cambio climático en su mayoría no se refleja explícitamente en los modelos actuales de Nat Cat. Cualquier cambio climático actual debe incluirse implícitamente en los datos recientes (datos históricos) y los supuestos científicos utilizados para crear los modelos Nat Cat. También aquí, es importante tener en cuenta que los modelos Nat Cat no se actualizan necesariamente anualmente, ya que se necesita mucho esfuerzo y recursos para actualizar un modelo Nat Cat. Por lo tanto, los modelos utilizados en la calibración suelen tener un par de años. Desde la calibración inicial en 2010, se realizó una recalibración principal en 2017/2018 para algunos factores de país y matrices de agregación entre países (por lo que las empresas utilizaron los parámetros calibrados de 2010 hasta 2020). La lista de peligros / países a analizar se basó en los comentarios de las asociaciones de seguros y los supervisores nacionales.
d.3) Cambio climático: Para integrar los aspectos del cambio climático en la calibración Nat Cat SCR, es necesario incluir nuevas fuentes de información que no se consideraron en la calibración hasta ahora. Para este documento metodológico, EIOPA ha decidido basarse principalmente en la información de la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA), los estudios Peseta del Centro Común de Investigación (JRC) y el informe del Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC).