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Aspectos financieros de la Hoja de ruta común europea para el levantamiento de las medidas de contención del COVID-19

La necesidad de coordinar, a nivel europeo, el proceso de salida ordenada de la parálisis social y económica causada por la pandemia del COVID 19

En los últimos días, una de las preocupaciones fundamentales que se plantean tanto en España como en el resto de países europeos es el proceso de salida ordenada de la parálisis social y económica causada por la pandemia del COVID 19. Si bien es cierto que existe un consenso sobre el hecho de que este proceso de reactivación social y económica puede y debe tener diferentes velocidades y formas para adaptarse a las características propias de la geografía humana y económica de cada país o región; también hay una coincidencia entre los diferentes Estados miembros de la UE en que este proceso de reactivación social y económica debe realizarse de forma coordinada para impedir que los logros sanitarios alcanzados gracias a un doloroso proceso de confinamiento se pongan en peligro por una asimtería descoordinada de dicha salida que, existiendo la libre circulación de personas y bienes en el seno de la UE, pudiera desembocar en un caos peligroso desde el punto de vista sanitario, social y económico.

Por lo anterior, nos parece preciso dar cuenta, en este blog, de la publicación -en el DOUE del pasado 17.4.2020 (pág. C 126/1 y ss.)- por la Comisión Europea de la “Hoja de ruta común europea para el levantamiento de las medidas de contención de la COVID-19” (2020/C 126/01). Se trata de un documento cuyo contenido es de carácter esencialmente médico- sanitario. En todo caso, su evidente relevancia para el futuro de nuestra nación y la transversalidad de sus medidas y efectos nos recomienda dar cuenta sintética en este blog de su proyección en la economía en general y en el mercado financiero en particular.

Contenido de la Hoja de ruta

Los miembros del Consejo Europeo, en su reunión de 26 de marzo de 2020, se comprometieron a hacer todo lo necesario para proteger a los ciudadanos de la UE y superar la crisis generada por la pandemia del COVID-19, preservando al mismo tiempo los valores y el modo de vida europeos. Sin perjuicio de la necesaria adopción de medidas urgentes para combatir la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias inmediatas, los miembros del Consejo Europeo han instado a “preparar las medidas necesarias para que las sociedades y economías europeas recuperen un funcionamiento normal y un crecimiento sostenible, integrando, entre otras cosas, la transición verde y la transformación digital, y extrayendo todas las lecciones de la crisis”.

La Comunicación de la Comisión Europea sobre la Hoja de ruta parte de constatar que “la rápida evolución de la situación de la pandemia de COVID-19 y las notables incógnitas que traen consigo un nuevo virus y la enfermedad que este provoca han dado lugar a retos inéditos para los sistemas sanitarios, así como a terribles repercusiones socioeconómicas en Europa y en todo el mundo. La crisis se ha cobrado ya miles de vidas y continúa sometiendo a los sistemas sanitarios a una enorme presión. Se han tomado medidas extraordinarias y sin precedentes, tanto en el ámbito económico como social. Todos los Estados miembros han prohibido las concentraciones públicas, han cerrado las escuelas (ya sea en su totalidad o en parte) y han introducido restricciones en las fronteras o a los desplazamientos. Más de la mitad de los Estados miembros de la UE han declarado un estado de emergencia”.

En el contexto señalado, la Comunicación sobre la Hoja de ruta común europea para el levantamiento de las medidas de contención de la COVID-19” busca “acordar una estrategia de salida que esté coordinada con los Estados miembros de la UE y que prepare el terreno para un plan de recuperación global y una inversión sin precedentes. Ya veos como la inversión y, por ende, los aspectos financieros, son cuestiones cruciales en el proceso de salida.  

La Comunicación sobre la Hoja de ruta parte, en su Introducción, realiza de la siguiente constatación fáctica: “La rápida evolución de la situación de la pandemia de COVID-19 y las notables incógnitas que traen consigo un nuevo virus y la enfermedad que este provoca han dado lugar a retos inéditos para los sistemas sanitarios, así como a terribles repercusiones socioeconómicas en Europa y en todo el mundo. La crisis se ha cobrado ya miles de vidas y continúa sometiendo a los sistemas sanitarios a una enorme presión. Se han tomado medidas extraordinarias y sin precedentes, tanto en el ámbito económico como social. Todos los Estados miembros han prohibido las concentraciones públicas, han cerrado las escuelas (ya sea en su totalidad o en parte) y han introducido restricciones en las fronteras o a los desplazamientos. Más de la mitad de los Estados miembros de la UE han declarado un estado de emergencia”.

Después, la mayor parte de La Comunicación sobre la Hoja de ruta se refiere a la programación de los aspectos médico-sanitarios del proceso de salida. En este sentido, vemos, así, como las referencias al Calendario comienzan por señalar que “las medidas restrictivas introducidas por los Estados miembros eran necesarias para retrasar la propagación de la epidemia y aliviar la presión sobre los sistemas sanitarios («aplanar la curva»). Dichas medidas se han basado en la información disponible en relación con las características de la epidemiología de la enfermedad y han seguido un criterio de precaución. Han permitido ganar un tiempo valiosísimo para preparar los sistemas sanitarios de los Estados miembros, adquirir productos esenciales —tales como equipos de protección individual y material de laboratorio, así como respiradores—, incluso a nivel de la UE, e iniciar la labor de desarrollo de vacunas y posibles tratamientos”.

Comparten este sesgo médico-sanitario los Criterios de la Hoja de ruta que resultan pertinentes para evaluar si ha llegado el momento de empezar a flexibilizar el confinamiento: Criterios epidemiológicos que demuestren que la propagación de la enfermedad ha disminuido significativamente y se ha estabilizado durante un período prolongado. Esto puede indicarse, por ejemplo, mediante una reducción sostenida del número de nuevas infecciones, hospitalizaciones y pacientes en unidades de cuidados intensivos; suficiente capacidad de los sistemas de salud; etc. Al igual que los Principios y las Medidas de acompañamiento de la Hoja de ruta que tienen un carácter médico-sanitario.

Proyección de la Hoja de ruta en la economía en general y en el sistema financiero en particular

Pues bien, nosotros, siguiendo el enfoque financiero de este blog, hemos puesto nuestro foco de atención en el apartado de las Recomendaciones de la Hoja de ruta que se refiere a la economía.

“La reactivación de la actividad económica debe ser gradual, garantizando así que las autoridades y las empresas puedan adaptarse adecuadamente y de forma segura al incremento de las actividades. Hay varios modelos (trabajos con poco contacto interpersonal, tareas adecuadas para el teletrabajo, importancia económica, turnos de trabajo, etc.), pero no toda la población debería reincorporarse a su puesto de trabajo al mismo tiempo, y debería prestarse una atención especial, en un primer momento, a los grupos y sectores menos amenazados y a los grupos esenciales para desarrollar la actividad económica (por ejemplo, el transporte). Puesto que el distanciamiento social deberá seguir aplicándose en gran medida, deberá seguir fomentándose el teletrabajo. En el lugar de trabajo deberán observarse las normas en materia de salud y seguridad impuestas debido a la pandemia

La Comisión creará una función de alerta rápida para detectar disfunciones en la cadena de suministro y de valor, basándose, entre otras cosas, en las redes existentes, como la Red Europea para las Empresas (REE), las agrupaciones de empresas, las cámaras de comercio y las asociaciones comerciales, los representantes de pymes y otros agentes, como los interlocutores sociales a escala europea. Se buscarán las mejores soluciones disponibles para abordar estas perturbaciones, que podrían tener su origen en un levantamiento asimétrico de las medidas de contención (dentro o fuera de la UE), la quiebra de empresas o la interferencia de agentes de terceros países”.

Por lo tanto y en cuanto a nuestro sistema financiero se refiere, viendo que la Hoja de ruta, en el primero de los dos párrafos que acabamos de transcribir, dice que “debería prestarse una atención especial, en un primer momento, (…) a los grupos esenciales para desarrollar la actividad económica” parece prudente que nuestra industria financiera: bancos, empresas de servicios de inversión y entidades aseguradoras vayan tomando las medidas oportunas para programar adecuadamente el proceso de salida en coordinación con el resto de entidades de los otros Estados miembros de la UE y a través de las tres Autoridades Europeas de supervisión financiera microprudencial que integran el Sistema Europeo de Supervisión Financiera que con: la ABE/EBA, la AEMV/ESMA y la AESPJ(EIOPA).

Recordemos que los servicios financieros han sido calificados de servicios esenciales en el Anexo al RDL 10/2020 cuando incluye en el listado de este tipo de servicios, los siguientes: “12. Las de empresas de servicios financieros, incluidos los bancarios, de seguros y de inversión, para la prestación de los servicios que sean indispensables, y las actividades propias de las infraestructuras de pagos y de los mercados financieros”. (el lector interesado puede ver, con mayor detalle, la entrada de este blog del 31 de marzo pasado sobre “Los servicios financieros como servicios esenciales a los efectos del Real Decreto-ley 10/2020”).