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Avanza la fusión transfronteriza intracomunitaria del Grupo MEDIASET

Los acuerdos de las Juntas Generales de las sociedades implicadas de 4 de septiembre aprobando la fusión transfronteriza intracomunitaria

 En la entrada de este blog del pasado día 2 de julio del año en curso -titulada “La fusión transfronteriza intracomunitaria del Grupo MEDIASET”- dábamos cuenta de los primeros pasos de la fusión transfronteriza tripartita por absorción de Mediaset S.p.A. y de Mediaset España S.A. por parte de Mediaset Investment N.V. (“Mediaset Investment” o “DutchCo”), sociedad directa e íntegramente participada por Mediaset. En concreto, partíamos del anuncio de convocatoria de la Junta General Extraordinaria de Accionistas para el 4 de septiembre de este año.

Pues bien, dicha Junta se celebró el 4 de septiembre y, en el día de ayer, martes 10 de septiembre de 2019, el BORME (Núm. 173, Pág. 8044) publicaba el anuncio del acuerdo de aprobación de la fusión transfronteriza intracomunitaria por absorción de MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN S.A. y MEDIASET, S.P.A., como sociedades absorbidas; por parte de MEDIASET INVESTMENT, N.V., que actúa como sociedad absorbente.

Dada la transcendencia de la operación como ejemplo paradigmático de una fusión transfronteriza intracomunitaria de las reguladas en el Capítulo II del Titulo II (arts. 54 a 67) de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME); nos parece especialmente interesante destacar, en el anuncio citado, los siguientes aspectos.

 

Procedimiento y efectos

En cuanto al procedimiento tripartito y la consiguiente implicación simultánea de las tres sociedades citadas, el anuncio deja constancia de que “con la misma fecha de 4 de septiembre de2019, la junta extraordinaria de accionistas de Mediaset también ha aprobado la Fusión en los términos del Proyecto Común de Fusión Transfronteriza, y que la junta general de DutchCo (filial íntegramente participada por Mediaset) procederá a aprobar la Fusión conforme al Proyecto Común de Fusión Transfronteriza una vez haya transcurrido el periodo de oposición de acreedores en los Países Bajos, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable en dicha jurisdicción”.

En lo que se refiere el efecto final de la operación, el anuncio expresa el efecto de la sucesión universal y consiguiente subrogación de la absorbente en la posición jurídica de las absorbidas diciendo: “en virtud de la Fusión, Mediaset y Mediaset España se extinguirán, y DutchCo, como sociedad absorbente, adquirirá todos los activos y asumirá todos los pasivos y demás relaciones jurídicas de Mediaset y Mediaset España”.

 

Derechos de los accionistas de las sociedades implicadas

El anuncio da cuenta del derecho de información de los accionistas de las sociedades implicadas que se proyecta en su facultad de obtener el texto íntegro del acuerdo de Fusión adoptado por la Junta General Extraordinaria de Mediaset España y del balance de fusión correspondiente tanto en sus respectivos domicilios sociales como en sus páginas web corporativas.

El anuncio también da cuenta del derecho de separación que se adapta a las regulaciones respectivas de las sociedades intervinientes de tal manera que:

a) Los accionistas de la española Mediaset España Comunicación, S.A. “que hayan votado en contra de la Fusión tendrán derecho a ejercitar su derecho de separación, conforme a los artículos 62 LME y 348 y ss. LSC., en relación con algunas o todas sus acciones, dentro del plazo de un mes a contar desde la publicación en el BORME del acuerdo de Fusión de la junta general extraordinaria (…) por medio de comunicación escrita dirigida a los depositarios con los que los accionistas de Mediaset España tengan depositadas sus acciones”.

 b) Los accionistas de la italiana Mediaset S.p.Aque tengan derecho y que no hayan participado en la adopción del acuerdo sobre la Fusión podrán ejercitar el derecho de separación, conforme al artículo 2437, párrafo 1, del Código Civil italiano, y al artículo 5 del Decreto Legislativo italiano n.º 108, de 30 de mayo de 2008, en relación con algunas o todas sus acciones, dentro de los 15 días siguientes a la inscripción en el Registro Mercantil de Milán del acta de la junta extraordinaria en que se aprobó la Fusión”.

c) El accionista único de la holandesa Mediaset Investment, N.V. (DutchCo) no tendrá, obviamente, derecho de separación alguno.

 

Derechos de los acreedores de las sociedades implicadas

El anuncio da cuenta del derecho de información de los acreedores de las sociedades implicadas que se proyecta en su derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo de Fusión adoptado por la Junta General Extraordinaria de Mediaset España y del balance de fusión correspondiente tanto en sus respectivos domicilios sociales como en sus páginas web corporativas.

El anuncio también da cuenta del derecho de oposición que se adapta a las regulaciones respectivas de las sociedades intervinientes de tal manera que:

a) Los acreedores de la española Mediaset España Comunicación, S.A. “con sujeción a lo previsto en el artículo44 LME, disponen del plazo de un mes contado desde la fecha de publicación de este anuncio para el ejercicio del derecho de oposición a la Fusión. (…) Para el ejercicio del derecho de oposición anteriormente mencionado, las comunicaciones deberán dirigirse a la siguiente dirección de Mediaset España, a la atención de su órgano de administración: Carretera de Fuencarral a Alcobendas 4,28049 Madrid (España)”.

 b) Los acreedores de la italiana Mediaset S.p.A “con sujeción a lo previsto en el artículo 2503 del Código Civil italiano, tendrán derecho a oponerse a la Fusión dentro del plazo de60 días desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil de Milán del acta dela junta extraordinaria en la que se aprobó la Fusión, lo cual ha sido objeto de publicación en la página web corporativa de Mediaset (www.mediaset.it) con fecha6 de septiembre de 2019. (…) Para el ejercicio del derecho de oposición anteriormente mencionado, las comunicaciones deberán dirigirse a la siguiente dirección de Mediaset: Via Paleocapa 3, 20121 Milán (Italia)”.

 c) Los acreedores de la holandesa Mediaset Investment, N.V. (DutchCo) “con sujeción a lo previsto en la sección 2:316 del Código Civil neerlandés, para el ejercicio del derecho de oposición, disponen del plazo de un mes a partir del anuncio, en un diario de tirada nacional en los Países Bajos y en el Boletín Oficial neerlandés (Staatscourant), de la presentación del Proyecto Común de Fusión Transfronteriza en el Registro Mercantil neerlandés. (…) Para el ejercicio del derecho de oposición anteriormente mencionado, las comunicaciones deberán dirigirse a la siguiente dirección de DutchCo, a la atención de su órgano de administración: Viale Europa 46, 20093 Cologno Monzese (Italia)”.

 

Disclaimer para inversores de EE.UU.

Nos parece especialmente significativo, desde el punto de vista de la regulación del mercado de valores, el “Disclaimer para inversores de EE.UU.” que incluye el anuncio y cuyo primer párrafo dice: “Esta operación se realiza sobre los valores de una compañía extranjera. La Operación está sujeta a los requisitos de divulgación de información de un país extranjero que son diferentes a los de los Estados Unidos. Los estados financieros incluidos en los documentos, si los hubiere, han sido preparados de conformidad con normas de contabilidad extranjeras que pueden no ser comparables a los estados financieros de compañías de los Estados Unidos”.

 

La segregación de MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN, S.A.

El mismo BORME del día de ayer, martes 10 de septiembre de 2019, (Núm. 173, Pág. 8050) publicaba el anuncio de una de las denominadas “Reorganizaciones Preliminares” cuya consumación -según señalaban los hechos relevantes iniciales- permitirá que todas las actividades operativas permanezcan en Italia y en España y las sociedades operativas italiana y española seguirán siendo residentes fiscales en Italia y España, respectivamente.

Se trata del anuncio de aprobación, por las respectivas Juntas Generales Extraordinarias de accionistas celebradas el 4 de septiembre pasado, de la segregación de Mediaset España Comunicación, S.A. como sociedad segregada, a favor de Grupo Audiovisual Mediaset España Comunicación, S.A.U., como sociedad beneficiaria; que fue acordada por la misma La Junta General Extraordinaria de accionistas de Mediaset España Comunicación, S.A.

Recordemos que la segregación es una modalidad de escisión que se define en el art.71 de la LME diciendo: “Se entiende por segregación el traspaso en bloque por sucesión universal de una o varias partes del patrimonio de una sociedad, cada una de las cuales forme una unidad económica, a una o varias sociedades, recibiendo a cambio la sociedad segregada acciones, participaciones o cuotas de las sociedades beneficiarias”.

En cuanto a los derechos de los socios y acreedores afectados, es relevante dejar constancia de lo que señala el anuncio al respecto cuando dice: “De conformidad con el artículo 43 de la LME, se deja expresa constancia del derecho que asiste a los accionistas y a los acreedores de Mediaset España y GA Mediaset, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de Segregación, los cuales se encuentran a su disposición en la página web de Mediaset España (www.telecinco.es) y en los domicilios sociales de Mediaset España y GA Mediaset, indicadas al inicio de este anuncio, así como del derecho de los acreedores de cada una de las sociedades a oponerse a la Segregación, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 44 de la LME, en relación con el artículo73 del referido texto legal, durante el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio del acuerdo de Segregación”. Por otro lado, el anuncio de la segregación recoge un “Disclaimer para inversores de EE.UU.” semejante al del anuncio de fusión.

 

La oposición de Vivendi  

Por último, debemos dejar constancia que el proceso de fusión transfronteriza intracomunitaria del Grupo MEDIASET no se esta desarrollando de un modo totalmente pacífico ya que la prensa económica (Cinco Días) del pasado día 4 de septiembre se hacía eco de la oposición de Vivendi recogiendo su postura en los siguientes términos: «La junta general extraordinaria de accionistas de Mediaset que se celebra hoy es ilegal porque su consejo de administración ha impedido a Simon Fiduciaria votar, basándose en una interpretación de la ley italiana sobre los medios de comunicación que es contraria al Tratado de la UE». Añadía el diario que Vivendi controlaba el 28,8% del capital de la matriz del Grupo MEDIASET, pero la mayor parte de esta participación, el 19,2%, se traspasó al fideicomiso Simon Fiduciaria en 2017 por una decisión del supervisor del sector de las telecomunicaciones en Italia debido a la posición de eventual monopolio de Vivendi en el mercado, pues también controla el 24% de Telecom Italia.