Cuando el día 30 de julio de 2015 inauguraba este modesto blog dedicado a la regulación financiera en general y a la del mercado bancario, de valores y de los seguros y los fondos de pensiones en particular no estaba seguro de su posible supervivencia dado su ámbito de atención, triplemente especializado en lo jurídico, en lo mercantil y en lo financiero. Era claro que no podría nunca comparar su audiencia con blogs virales que cuentan por cientos de miles sus visitas cuando se dedican a cuestiones culinarias tan sugerentes como las mil formas de preparar la cebolla caramelizada o el universo de la alcachofa y la alcachofa en el universo; o a cuestiones estéticas tan relevantes como las uñas pintadas boca abajo o cómo peinarse rastas sin microbios mayores que los chinches.
Sin embargo, hoy, 23 de febrero de 2018 puedo constatar que este blog ha sobrevivido hasta el momento llegando al número de 300 entradas y con un número muy estimable de visitas gracias, principalmente, a dos factores:
Por una parte, a la denominada “motorización legislativa” con la que tanto el legislador comunitario como el nacional han tenido a bien obsequiarnos durante este periodo y parecen estar decididamente dispuestos a regalarnos en el futuro. En efecto, en el ámbito de la regulación de los mercados financieros es donde aquella “motorización legislativa” alcanza su más cumplida expresión porque no sólo es que se promulguen cada día más normas que invaden con miles de páginas el DOUE y el BOE, amén de otros boletines y publicaciones que recogen directrices, criterios y cuestionarios de las siempre proteicas y laboriosas Autoridades Europeas de Supervisión (EBA, ESMA y EIOPA); sino que, además, esas normas, directrices, cuestionarios y criterios técnicos se publican y reforman a una velocidad creciente digna de la fórmula 1.
Pero, no me cabe la menor duda de que la supervivencia de este blog obedece a la audiencia fiel que lo sigue, a la que ahora me dirijo y que permite el milagro de que un blog dedicado a una materia tan árida y compleja como es la regulación financiera atraiga su atención. Atracción en la que no es ajena la actualidad y la importancia de las cuestiones planteadas no sólo para los profesionales de la materia, sino también para multitud de consumidores de los productos financieros. Valga como ejemplo la jurisprudencia de la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo sobre las cláusulas abusivas en los préstamos bancarios de dinero con garantía hipotecaria, incluyendo las celebérrimas cláusulas suelo o de gastos.
Por todo lo anterior, mi propósito con esta entrada es agradecer a los lectores de este blog su atención sostenida al mismo que deseo seguir correspondiendo con explicaciones claras y sencillas –salpimentadas, cuando procede, de una cierta ironía- de regulaciones oscuras y complejas. Y, en este capítulo de agradecimientos, quiero dejar pública constancia de la extraordinaria y utilísima labor de documentación que me facilita mi amigo y compañero Adolfo Dominguez Ruiz de Huidobro.