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Pensiones públicas  y pensiones privadas: la cultura de la doble responsabilidad recíproca

En la entrada de este blog del pasado 8 de septiembre de 2015, titulada “Los planes y fondos de pensiones privados: apuntes en una polémica”, nos hacíamos eco de las noticias que entonces alarmaban a la opinión pública sobre algunos factores que agravaban la crisis del sistema público de pensiones en España (la sobreabundacia de prejubilaciones en grandes compañías); destacábamos tres evidencias –demográfica, laboral y financiera- que convertían esa crisis en sistémica; constatábamos las dos soluciones extremas para resolver el problema (la social o  colectivista, que propone enjugar aquel déficit mediante la creación de nuevos impuestos o el incremento de la carga impositiva ya existente; y la liberal o individualista, que propone soluciones exclusivamente privadas); y acabábamos señalando que la magnitud del problema exigía –a nuestro parecer- una solución mixta, pública y privada, en la que deberán estar presentes los seguros de supervivencia, colectivos e individuales, y los planes y fondos de pensiones privados.

Pues bien, hoy, 11 meses más tarde, podemos constatar que, hemos vuelto a abrir los ojos y –parafraseando al más famoso microrelato- “el dinosaurio sigue ahí”. En efecto, este mes de julio la prensa nos ha anunciado algunos acontecimientos que muestran que la crisis del sistema público de pensiones, lejos de corregirse, crece. En efecto, el Gobierno se ha visto obligado a sacar 8.700 millones de euros del Fondo de Reserva de la Seguridad Social para pagar las pensiones, dicho Fondo ha perdido 40.824 millones de euros en los últimos 5 años, el Tribunal de Cuentas advierte que no cabe financiar las pensiones no contributivas a partir de las cotizaciones contributivas, el gasto en jubilaciones ha crecido un 61% en los últimos 10 años, este año el gasto en pensiones excederá un 10% la cifra de ingresos y las 9,402 millones de pensiones de junio de 2016 se convertirán previsiblemente en 15 millones de 2050.

Y, frente a este panorama, ¿Qué se puede hacer desde el punto de vista regulatorio? A nuestro parecer, tal y como señalábamos en septiembre de 2015, la solución indónea –y la única factible- es la mixta, pública y privada, que combine la solidaridad del sistema público de reparto para las capas de población que lo requieran con la capitalización de un sistema privado complementario del anterior alimentado por las aportaciones a planes de pensiones de empleo, asociados o individuales o las primas a seguros de vida, colectivos o individuales.

Pero, para que esta solución tenga algún viso de éxito, exige la implantación, en nuestra sociedad de la que podríamos denominar “cultura de la doble responsabilidad recíproca” en el sentido de que la cultura de la responsabilidad de la población de destinar parte de su renta disponible (obviamente, si la tiene) a la previsión de su vejez debe verse correspondida por una cultura de la clase política –en forma de legislador- de mantener un horizonte estable de estímulo fiscal al ahorro destinado a la previsión social y, en particular, a la jubilación, huyendo de modificaciones espasmódicas de aquel régimen fiscal y sustantivo. Y ello porque no parece justo ni eficiente que las previsiones de inversión a largo plazo se vean sorprendidas por cambios regulatorios a corto plazo.

P.D.: El lector interesado en profundizar en esta materia puede comenzar con nuestro Manual de “Derecho de Seguros y Fondos de Pensiones”, de Editorial Iustel, Madrid 2014.