En fechas recientes se ha publicado -dentro de la Colección de Estudios Prácticos de Contratación Privada de la Editorial Thomson Reuters/ Cívitas- la monografía del profesor Javier Ibañez Jimenez sobre “El Contrato de Microcrédito”.
En cuanto a su autor, el profesor Ibañez es un reconocido y prestigioso especialista en el estudio de la regulación financiera, donde destacan sus obras en el siempre complejo mundo de los instrumentos financieros derivados.
En cuanto a la obra, nos parece particularmente interesante porque incide en un sector crediticio en auge que esta pendiente de colonizar por los estudiosos de la regulación financiera, como es el microcrédito. En efecto, este contrato se integra en el ámbito del fomento de la Economía Social, recientemente impulsada por la Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social. No olvidemos que –según constata el Preámbulo de esta Ley 31/2015- las entidades de la Economía Social han tenido un buen comportamiento en términos de empleo desde el inicio de la recuperación, tal y como indican los datos de 2014, año en el que, después de 11 trimestres consecutivos de caída, las cooperativas crearon empleo en términos interanuales. Empleo que, además, es estable, de calidad, no deslocalizable y accesible para aquellos que, por sus especiales circunstancias, encuentran mayores dificultades de inserción laboral y/o que se encuentran en riesgo de exclusión social. En definitiva, las entidades de la Economía Social constituyen un elemento clave de cohesión social muy necesario tras la larga crisis que ha atravesado nuestro país.
Una vez insertado el contrato de microcrédito en el contexto de la financiación de la Economía Social, procede destacar que la obra comentada tiene una estructura clara que empieza por caracterizar el contrato de microcrédito y distinguirlo de las operaciones bancarias activas tradicionales, exponer sus modalidades conforme a diferentes criterios (estructura temporal, sistema de aplicación de los fondos recibidos y número de beneficiarios o acreditados) y describir los elementos subjetivos, objetivos y formales del contrato. Después, entra a exponer el contenido del contrato de microcrédito, integrado por las obligaciones de ambas partes: la de entrega de dinero a cargo del prestamista o acreditante microfinanciador y la de reembolso o devolución por parte del prestatario o acreditado financiado, con especial atención a las peculiaridades que se dan en el ámbito del microcrédito social. La obra propiamente dicha acaba con la extinción del contrato.
Muestran un especial interés práctico los Anexos de la obra, en los que se ofrecen los modelos de condiciones generales tanto contratos de microcrédito bancario no social como de contratos de microcrédito social; así como materiales de los contratos de asistencia técnica y financiación pública a instituciones microfinancieras y de los contratos de servicios y de colaboración interempresarial microfinanciera.