Hoy, 4 de enero, retomamos el pulso de este blog dando la bienvenida a los lectores que tienen la amabilidad de consultarlo para anunciarles lo que pueden esperar de su consulta. En la última entrada del pasado año 2015 anticipábamos que este nuevo año 2016 estará plagado de novedades en nuestra regulación financiera, directamente condicionadas por las normas que ya han sido promulgadas -o están a punto de serlo- en la Unión Europea y por las iniciativas de otras autoridades e instituciones que se ocupan de la regulación financiera a nivel global (Organización Internacional de Comisiones de Valores, IOSCO; Comité Bancario de Basilea, etc.).
A modo de ejemplo sobre la actualidad de la regulación financiera, baste con recordar que la prensa general y de información económica ha dado cuenta, en estos primeros días de enero, de otras tantas noticias en apariencia heterogéneas pero que presentan como denominador común el estar directamente relacionadas con aquella regulación. Dichas noticias van desde la sostenibilidad del sistema público de pensiones y su eventual complemento por medio de planes y fondos de pensiones privados al incremento de las indemnizaciones que –desde el 1 de enero de 2016- deberán pagar las aseguradoras a los lesionados por accidentes de tráfico, pasando por la recuperación del Mercado Alternativo Bursátil después del escándalo de Gowex. En próximas entradas nos ocuparemos de estos y otros asuntos.
Pues bien, este blog dará cuenta de aquellas novedades regulatorias de forma sintética, ubicándolas en su contexto y facilitando –en la medida de nuestras posibilidades- su entendimiento; tarea ésta que, con frecuencia, no resulta sencilla, a la vista de la complejidad y aceleración crecientes de la regulación financiera. Para facilitar la orientación del lector y para permitir que profundice, si lo necesita, en las materias que expondremos, nos serviremos con frecuencia -como hasta el momento hemos hecho- de nuestros Manuales de Derecho de Seguros y Fondos de Pensiones (Ed. Iustel Madrid 2014) y de Derecho del Mercado Financiero (Ed. Iustel Madrid 2015) donde podrá encontrar una exposición sintética de los asuntos tratados y las remisiones a la bibliografía básica para seguir ahondando en su conocimiento, si lo precisa.
Y, en esta exposición de las novedades de la regulación financiera, este blog se conducirá con la discreción que ha tratado de mantener durante su corta existencia. En este sentido, no pretendemos convertirnos en un fenómeno viral en la red ni por el perfil ni por el enfoque de este blog. Primero, su perfil dedicado a la regulación financiera no es materia que despierte la pasión de las masas de lectores, aun cuando con frecuencia las patologías del sector generan una gran alarma social (basta recordárselo a todos los afectados por la crisis del Banco de Madrid que vieron en situación de riesgo sus ahorros). Así, por ejemplo, nuestros menguados conocimientos culinarios no nos permiten competir con tantos blogs de cocina en los que cientos de miles de visitantes consultan recetas enormemente alimenticias ni nuestro torpe aliño indumentario nos faculta para entrar en liza con otros tantos blogs que dan consejos -sin duda utilísimos- sobre el buen vestir. Segundo, nuestro enfoque prudente tampoco nos conduce a actuar como espadas flamígeras en mano de ángeles vengadores que separan el polvo de la paja en el Juicio Final del Derecho del Mercado Financiero.
En fin, seguiremos apostando por fidelizar a nuestros lectores de calidad antes que por pretender incrementar su cantidad, confiando siempre en logar la difícil meta de que nuestras palabras mejoren nuestro silencio.
Y, con el saludo al nuevo año 2016, debo dejar constancia de mi agradecimiento a mi compañero y amigo, Juan Sánchez Calero. Por haberme animado a iniciar y mantener el blog desde el que les escribo.